viernes, 8 de junio de 2007

SENADO: OBLIGAN A EXHIBIR PRECIOS CLAROS


La Plata - Uno de los principios básicos de la defensa del consumidor es el deber de información. Este principio consagrado en la legislación tanto nacional como provincial es liminar y vital para los derechos del consumidor y usuario.
El Senado bonaerense aprobó hoy por unanimidad un proyecto de ley de la senadora del Frente para la Victoria Adela Segarra a través del cuál se obliga a los supermercados a exhibir de manera clara y por unidad de medida, los precios de los productos exhibidos.
Se propone establecer una serie de obligaciones para los supermercados, supermercados totales o hipermercados, y autoservicios de bienes consumibles y no consumibles situados en la Provincia de Buenos Aires.
De sancionarse la iniciativa, los supermercados, hipermercados y autoservicios estarán obligados, entre otras cosas, a:
- Exhibir precios de manera clara y visible sobre cada artículo o producto que se encuentre expuesto a la venta.- Indicar los rótulos de los productos de venta al peso envasado, su cantidad neta, marca y el precio por unidad de medida correspondiente.- Exhibir carteles indicadores con la nómina de las asociaciones de defensa del consumidor con jurisdicción en los municipios.- Actualizar permanentemente la publicidad gráfica en Internet u otro medio de difusión relativa a los precios.- Informar del agotamiento de stock de productos ofrecidos.- Carnicerías, pescaderías, verdulerías, panaderías, fiambrerías que funcionan en los supermercados deberán exhibir precios por unidad de venta y peso y por corte y tipo de producto.
Fundamenta Segarra: “ La información es vital para la relación de consumo porque es la que hace de condición contractual a la cual debe ceñirse el producto: cantidad, calidad, beneficios, garantías, precio, duración y otros son características que deben corresponderse entre lo informado y lo realmente adquirido. De no respetarse y cumplirse estaríamos ante una violación clara de los derechos del consumidor”.
El proyecto deja, en tanto, a criterio de la autoridad de aplicación la determinación de las sanciones por incumplimiento.



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